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El Contrato de Compra-Venta
El primer paso para efectuar la compra de un inmueble es realizar la reserva mediante el contrato de arras. El contrato de arras sobre bienes inmuebles es un tipo de contrato mediante el cual el comprador y el vendedor acuerdan la compraventa de un inmueble (vivienda, garaje...). El comprador entrega al vendedor una señal que forma parte del precio final del inmueble objeto de la compraventa. La reserva es un contrato que vincula a ambas partes aunque no produce todos los efectos de la compraventa. Se trata, en definitiva, de una opción de compra sobre el inmueble.

Para realizar la reserva, el comprador deberá entregarnos los siguientes documentos:
La fotocopia del D.N.I. de todas las personas que vayan a adquirir el inmueble.
Los datos de contacto: dirección, teléfono, fax, email, etc.
Un talón bancario a nombre de la empresa o, si lo prefiere el cliente, puede realizar una transferencia o entregar el dinero de la reserva en efectivo.

Una vez realizada la reserva del inmueble, el siguiente paso es firmar el contrato de compraventa. Este contrato obliga al vendedor a entregar el inmueble objeto del contrato, y al comprador a pagar por él una determinada cantidad.

En el contrato de compraventa quedan establecidas las condiciones de pago y las características de la vivienda y debe firmarse por duplicado, quedándose una copia el vendedor y otra el comprador.

Para la firma del contrato de compraventa, el comprador deberá facilitarnos los datos de su cuenta bancaria, en el caso querer domiciliar los pagos, y acreditarnos su estado civil.

Adjuntos al contrato de compraventa se incluirán los planos y la memoria de calidades del inmueble objeto del contrato. Estos documentos deben estar firmados tanto por el comprador como por el vendedor.

NOTAS:
1.Normalmente, la firma del contrato de compraventa se lleva a cabo en nuestras oficinas. No obstante, si el cliente lo desea, podemos desplazarnos hasta su domicilio.
2.Si la compraventa se realiza a nombre de una sociedad, ésta deberá entregarnos una fotocopia de su Escritura de Constitución y los datos y el D.N.I. de la persona o personas que representen a dicha sociedad para realizar el contrato.

PRÉSTAMO HIPOTECARIO:
Si lo desea, en Graco Grupo Inmobiliario le facilitaremos la gestión del préstamo hipotecario a la firma del contrato de compraventa. Para ello, deberá entregarnos la siguiente documentación:
Fotocopia de las dos últimas declaraciones de la Renta de todos los compradores.
Fotocopia de las tres últimas nóminas de todos los compradores.
Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Escritura de propiedad del inmueble y certificado del Registro de Propiedad.
Certificado de Seguro de la vivienda.

En caso de que el trabajador sea autónomo (por cuenta propia), además de todo lo anterior, deberá presentar:
Fotocopia del recibo del Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.).
Fotocopia de los dos últimos pagos fraccionados del modelo 130 ó 131.

Además, si usted quiere, en Graco Grupo Inmobiliario nos encargaremos de gestionar también la contratación de los suministros de luz y agua de su vivienda.

C/ Navarra, 11 - Entresuelo 03600 - ELDA   (Alicante)
Tfno.: 965 384 982  / 966 982 321 Fax: 966 118 346 - graco@grupograco.com
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